En el marco de nuestro papel como entidad colaboradora, desde Liga Española de la Educación y la Cultura Popular hemos habilitado espacios específicos de atención dirigidos a personas migrantes en el contexto del proceso de regularización extraordinaria, con el objetivo de facilitar el acceso a la información, la orientación técnica y el acompañamiento personalizado.
El acceso a este servicio, de carácter presencial y gratuito, se realiza exclusivamente mediante cita previa, la cual deberá ser solicitada por vía telemática a través del enlace o código QR habilitado en los territorios donde se han puesto en marcha estos puntos de atención.
Las personas solicitantes deberán acudir a la cita con la documentación completa, tanto en formato original como digitalizada en una memoria USB o dispositivo extraíble. A continuación, se detalla la documentación requerida en función de la situación administrativa de cada solicitante.
Documentación general para todas las personas solicitantes:
- Pasaporte de su nacionalidad, título de viaje o cédula de inscripción (en vigor o caducada), completo.
- Certificado de antecedentes penales del país o países de residencia de los últimos cinco años (anteriores a la entrada en España), debidamente legalizado y traducido oficialmente, en su caso.
- Documentación acreditativa de permanencia en España durante al menos cinco meses (empadronamiento, informes médicos, facturas, recibos o certificados).
- Justificante de pago de la tasa 052. Nota: En caso de no disponer de este documento, deberá indicarse al inicio de la cita con el personal técnico responsable.
Para solicitantes de protección internacional:
- Formulario EX31.
- Documentación acreditativa de haber solicitado protección internacional antes del 1 de enero de 2026 (tarjeta roja, resguardo de solicitud o manifiesto de voluntad).
Para el resto de solicitantes:
- Formulario EX32.
- Documentación acreditativa de haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026.
- Documentación acreditativa de alguna de las siguientes situaciones:
- Acreditación de haber trabajado por cuenta ajena o propia, o bien oferta de uno o varios contratos de trabajo con duración superior a 90 días, o declaración responsable de trabajo por cuenta propia. O Documentación que acredite la convivencia con hijos menores escolarizados, hijos mayores de edad con discapacidad o ascendientes en primer grado. O Certificado de situación de vulnerabilidad (EX32) emitido por Servicios Sociales o entidades colaboradoras de extranjería. Nota: En caso de no disponer de este documento, deberá indicarse al inicio de la cita con el personal técnico responsable.





