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Aprobada en el Congreso la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la violencia (LOPIVI)

El Congreso aprobó por mayoría absoluta la primera ley de protección a la infancia frente a la violencia, que ahora pasará al Senado y volverá nuevamente al Congreso para su aprobación definitiva.

Esta Ley incluye medidas en muchos ámbitos (prevención, actuación en el nivel educativo, apoyo familiar, servicios sociales, sanidad, regulación de la publicidad, redes sociales, justicia…), teniendo en cuenta varias de las Observaciones Generales (12, 13 y 14) realizadas por el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas y los estándares internacionales desarrollados por el Consejo de Europa en sus distintos convenios.

Consideramos un acierto el planteamiento transversal de la corresponsabilidad social en la detección y protección de las y los menores. Será responsabilidad de cualquier ciudadano/a informar si detecta que los derechos de un menor están siendo vulnerados. Para ello se pondrán en marcha los mecanismos adecuados y, desde las entidades de infancia haremos mucho más expansiva la labor de promoción y sensibilización sobre los derechos de la infancia a la sociedad.

Son especialmente importantes las medidas preventivas que se alejan del enfoque punitivo y que ponen esfuerzo en la sensibilización, prevención, formación y la reparación protegiendo a las y los menores. Se aprueba la creación de figuras como el o la coordinador/a de protección, una figura clave para el buen trato en centros escolares o espacios deportivos que tendrá funciones como:

  • Prevención y sensibilización a través de planes de formación para detectar estas situaciones y proteger a niños, niñas y adolescentes. Estas formaciones deberán ir dirigidas tanto al personal que trabaja en los centros como al alumnado, y a la puesta en marcha de actividades destinadas a promover la cultura del buen trato. Se deberá priorizar en estas formaciones a los y las tutores del alumnado, así como se incorpora la necesidad de formar al alumnado en habilidades para detectar y responder al maltrato y en resolución de conflictos
  • Se contempla su papel seguimiento de la correcta atención de los niños, niñas y adolescentes, y de su papel mediador tanto a la hora de proveer de recursos como su coordinación con otros agentes sociales para el correcto desempeño de su labor.

Además se incorporan medidas ampliamente demandadas y urgente para impedir que la infancia en procesos judiciales tenga que declarar reiteradas veces en el proceso de instrucción y por tanto no tener que revivir una experiencia traumática varias veces durante su vida. Se prohíbe prohíbe la aplicación del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) y se elimina la posibilidad de la guarda conjunta en caso de que existan indicios de violencia de género; incluye un nuevo artículo específico para proteger a la infancia en las situaciones de violencia de género en el ámbito familiar.

Aplaudimos la aprobación de esta ley, esperando su aprobación definitiva en el Congreso tras su paso por el Senado. Esperamos que durante el recorrido que queda se puedan mejorar aspectos que como parte de la Plataforma de Infancia demandamos: como el refuerzo de la protección de los niños y niñas privados de cuidado parental, es decir tutelados por las Administraciones Públicas, uno de los grupos más vulnerables. Pedimos que se incorpore la figura de coordinador de protección también a los centros donde hay niñas y niños tutelados. Pedimos reforzar las garantías de los niños, niñas y sus familias ante las retiradas de tutelas, así como eliminar la condición de autoridad al personal de los servicios sociales.